El objetivo de la norma es adaptar y actualizar las definiciones y criterios relativos a la presentación, conservación, comercialización y partes de los productos de la pesca y la acuicultura, para ajustarlos a la realidad actual del sector y a los cambios en la normativa europea y estatal en materia pesquera, de información alimentaria y de seguridad alimentaria.
Recientemente se ha aprobado el Real Decreto 1082/2025, de 3 de diciembre, que regula el procedimiento para determinar las denominaciones comerciales nacionales y las denominaciones de alimentos en conserva o preparados admitidas en España aplicables a los productos de la pesca y de la acuicultura.
Esta nueva normativa, impulsada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, actualiza el marco vigente para adaptarlo a los avances científicos, a los cambios en los hábitos de consumo y a la realidad actual del mercado. Su propósito central es reforzar la protección de las personas consumidoras y garantizar una información clara, veraz y comprensible. Para ello, el real decreto clarifica el ámbito de las conservas y preparados y aporta mayor seguridad jurídica al procedimiento de determinación de las denominaciones legales.
La implantación de este sistema se desarrollará en dos fases: la actualización normativa a través del real decreto y la posterior publicación de las denominaciones comerciales de conservas y preparados en una resolución de la Secretaría General de Pesca.
La regulación establece también la base para publicar periódicamente listados de denominaciones comerciales autorizadas para productos frescos, congelados, salados, ahumados, conservas y preparados en todo el territorio estatal. Las denominaciones comerciales que puedan emitir las comunidades autónomas tendrán carácter complementario a las de ámbito nacional.
La norma entrará en vigor el 2 de enero de 2026.
Puedes descargar la norma aquí.