Alérgenos en los productos del mar

Los productos del mar son saludables, sabrosos y forman parte de nuestra identidad gastronómica, pero también están incluidos entre los alérgenos alimentarios. Por ello, es obligatorio informar de manera clara sobre la presencia de alérgenos a lo largo de toda la cadena de comercialización, desde la primera venta hasta el consumidor final.

¿Qué es exactamente un alérgeno? Un alérgeno es una sustancia presente en un alimento que puede provocar una reacción adversa en el sistema inmunitario de algunas personas. Estas reacciones pueden ser leves, como picor o molestias digestivas, pero también pueden llegar a ser graves. Por ello, la correcta identificación de los alérgenos es una cuestión de seguridad alimentaria y de protección de la salud de las personas consumidoras.

Además, los establecimientos que están obligados a contar con un sistema APPCC implantado deben disponer de un plan de alérgenos en el que se describa cómo van a identificar y segregar los productos considerados alérgenos para evitar las contaminaciones cruzadas de los alimentos.

Los alérgenos más habituales asociados a los productos pesqueros son tres: pescados, crustáceos y moluscos. Estos deben identificarse de forma visible en los puntos de venta, ya sea mediante etiquetado, carteles informativos o documentación accesible para la clientela. La presencia de estos avisos no es un detalle menor: puede ser determinante para la salud de las personas con alergias o intolerancias, que necesitan conocer con exactitud lo que están comprando.

Las normas de referencia son el Reglamento (UE) nº 1169/2011 y el Real Decreto 126/2015, que establecen que la información sobre alérgenos debe facilitarse al consumidor final, incluyendo a las colectividades, tanto en alimentos envasados como no envasados. Esto implica que en los puntos de venta debe informarse de forma visible y clara; en la restauración también debe comunicarse, ya sea en la carta, mediante cartel o información verbal debidamente documentada; y en las fases previas (lonjas, mayoristas, distribuidores) la información debe acompañar al producto para garantizar la trazabilidad y permitir que el siguiente operador cumpla con su obligación de informar correctamente.

En el caso de las conservas de pescado y marisco, al tratarse de productos envasados, la información sobre alérgenos debe aparecer obligatoriamente en la propia etiqueta. Los alérgenos deben indicarse de forma clara en la lista de ingredientes y destacarse tipográficamente para que sean fácilmente identificables. Así, el consumidor puede saber con precisión si la conserva contiene pescado, crustáceos o moluscos, garantizando una compra más segura e informada.

La declaración de trazas de alérgenos en la industria conservera en España y en la Unión Europea está regulada por la necesidad de garantizar la seguridad alimentaria frente a la posible contaminación cruzada durante el proceso de producción. Aunque la ley obliga a declarar los alérgenos que forman parte de los ingredientes (14 alérgenos de declaración obligatoria), la mención de “trazas” (etiquetado precautorio) es voluntaria, pero debe basarse en un análisis de riesgo riguroso.

Los 14 alérgenos de declaración obligatoria deben destacarse en la lista de ingredientes (claridad, tipo de letra) si están presentes de forma intencionada (por ejemplo, pescado, moluscos, crustáceos, soja en salsas, sulfitos).

Contaminación cruzada (trazas): se produce accidentalmente cuando se comparten líneas de producción, utensilios o áreas de almacenamiento para productos con diferentes alérgenos (por ejemplo, conservas de pescado que pueden contener trazas de moluscos o crustáceos).

Etiquetado precautorio (“Puede contener”): es una mención voluntaria utilizada cuando, a pesar de las buenas prácticas de fabricación, no se puede garantizar la ausencia de un alérgeno. Su uso indiscriminado sin una evaluación de riesgo está desaconsejado, aunque sigue siendo habitual.

Aunque declarar trazas no es obligatorio por ley, el fabricante es responsable de garantizar la seguridad de su producto y de adoptar medidas para evitar contaminaciones accidentales.

Entonces, en la industria conservera:
• La declaración de los alérgenos como ingredientes es obligatoria.
• La declaración de trazas es voluntaria, pero debe estar justificada.
• La responsabilidad de la seguridad es siempre del operador alimentario.
• El etiquetado precautorio no exime de responsabilidad si el riesgo no está adecuadamente gestionado.

Esta misma obligación se aplica también a otro tipo de productos transformados, como el pulpo cocido y pasteurizado. Aunque se trate de un producto ya cocinado y sometido a tratamientos de conservación, sigue siendo un molusco y, por tanto, un alérgeno de declaración obligatoria.

Conviene recordar que, además de los alérgenos naturales del pescado y del marisco, en algunos casos pueden emplearse aditivos como los sulfitos, utilizados como conservantes para evitar la melanosis (oscurecimiento) en crustáceos, como por ejemplo el langostino. Cuando esto ocurre, también debe indicarse de manera expresa, ya que los sulfitos son un alérgeno reconocido y pueden provocar reacciones en personas sensibles.

Junto con la información, son imprescindibles las buenas prácticas de manipulación. Una correcta higiene, la limpieza continua de las superficies, la adecuada separación de especies y utensilios, y el control de la temperatura son medidas básicas para evitar contaminaciones cruzadas y garantizar un producto seguro. Esto es especialmente importante en espacios con alta rotación de producto y manipulación constante, como son las lonjas, los puntos de venta, los almacenes y las instalaciones de distribución.

En definitiva, la información sobre alérgenos es una parte esencial de la seguridad alimentaria y también una garantía de transparencia: la obligación directa es hacia el consumidor, pero para que se cumpla, la información debe mantenerse y transmitirse a lo largo de toda la cadena.

Pescado pequeño, problema grande: la razón de las tallas mínimas

Las tallas mínimas son una de las herramientas clave para garantizar la sostenibilidad de la pesca y del marisqueo.

La talla mínima de un pescado o marisco es el tamaño que debe alcanzar para poder ser capturado y comercializado legalmente. Su función es sencilla pero fundamental: permitir que los ejemplares más jóvenes crezcan y se reproduzcan antes de ser capturados, para asegurar así el futuro de las especies y de la actividad pesquera. Estas tallas no son arbitrarias. Se establecen a partir de estudios científicos que analizan el ciclo vital de cada especie, la edad a la que alcanza la madurez sexual y el estado de los recursos.

La normativa europea fija tallas mínimas de referencia a efectos de conservación y define con precisión cómo deben medirse los ejemplares. En Galicia, la Consellería do Mar adapta y concreta estas referencias mediante órdenes específicas, teniendo en cuenta las particularidades de las rías y de las pesquerías gallegas. Además, existen listados oficiales y materiales divulgativos que facilitan la identificación de las tallas mínimas por especie.

Según el grupo biológico, la forma de medir la talla también varía. En los peces, la talla se expresa normalmente en centímetros de longitud total, desde la punta de la cabeza hasta el extremo de la cola. En los crustáceos, como la nécora o el buey de mar, se mide una parte concreta del cuerpo, generalmente el cefalotórax. En el caso de los moluscos bivalvos, como almejas, berberechos o vieiras, la referencia es el tamaño de la concha. A continuación se muestran algunos ejemplos de las dimensiones empleadas para la medición de las tallas mínimas en distintos grupos biológicos.

A nivel europeo, las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación están recogidas en distintos reglamentos. En Galicia, la Consellería do Mar desarrolló esta normativa mediante la Orden de 27 de julio de 2012, por la que se regulan las tallas mínimas de diversos productos pesqueros en la Comunidad Autónoma de Galicia, y que establece también cómo deben medirse los ejemplares.

Respetar las tallas mínimas es una responsabilidad compartida. Las personas del mar las aplican en su trabajo diario, pero su cumplimiento también resulta clave en la cadena de comercialización y en los hábitos de consumo.

Puedes ampliar esta información aquí.

Principales capturas de la flota artesanal gallega en 2025

Un repaso a las especies que lideraron las lonjas gallegas este año, tanto en volumen como en valor económico.

A punto de despedir el año, te traemos el ranking de los pescados y mariscos más capturados en 2025 por la flota artesanal gallega. Un resumen perfecto para entender qué especies conquistaron las lonjas… y también las mesas.

Los pescados vuelven a ser los grandes protagonistas*, tanto por el volumen de capturas como por su valor económico. Tras ellos se sitúan los bivalvos, los cefalópodos*, los crustáceos, los equinodermos, las algas y los gasterópodos.

Entre los pescados, el pescado azul manda con claridad: sardina, jurel, bocarte, caballa y congrio encabezan la lista. Y si hablamos de valor, los cuatro primeros repiten y la lubina adelanta al congrio.

En los bivalvos, la almeja japonesa, el berberecho y la navaja son las especies con mayor volumen de capturas. Por importe, el podio queda para la almeja japonesa, la navaja y la almeja rubia, mientras el berberecho pasa al cuarto puesto.

En los cefalópodos, pulpo y choco son las estrellas absolutas tanto en volumen como en facturación.

Y en los crustáceos, centolla y percebe lideran las capturas, aunque, si atendemos al valor económico, el percebe se coloca por delante.

Volumen de primera venta en las lonjas gallegas entre el 1 de enero y el 19 de diciembre de 2025.

*El gráfico incluye el volumen de primera venta en todas las lonjas de Galicia, sin diferenciar las capturas según el tipo de pesca. Esta circunstancia no altera la importancia relativa de los distintos grupos biológicos en términos de volumen de ventas para la flota artesanal gallega. Incluso si se considerasen únicamente las capturas de esta flota, la distribución de los grupos biológicos en volumen de ventas sería muy similar.

Fuente: pescadegalicia.gal

Aprobado el Real Decreto que actualiza las denominaciones comerciales de los alimentos en conserva o preparados aplicables a los productos de la pesca y la acuicultura

El objetivo de la norma es adaptar y actualizar las definiciones y criterios relativos a la presentación, conservación, comercialización y partes de los productos de la pesca y la acuicultura, para ajustarlos a la realidad actual del sector y a los cambios en la normativa europea y estatal en materia pesquera, de información alimentaria y de seguridad alimentaria.

Recientemente se ha aprobado el Real Decreto 1082/2025, de 3 de diciembre, que regula el procedimiento para determinar las denominaciones comerciales nacionales y las denominaciones de alimentos en conserva o preparados admitidas en España aplicables a los productos de la pesca y de la acuicultura.

Esta nueva normativa, impulsada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, actualiza el marco vigente para adaptarlo a los avances científicos, a los cambios en los hábitos de consumo y a la realidad actual del mercado. Su propósito central es reforzar la protección de las personas consumidoras y garantizar una información clara, veraz y comprensible. Para ello, el real decreto clarifica el ámbito de las conservas y preparados y aporta mayor seguridad jurídica al procedimiento de determinación de las denominaciones legales.

La implantación de este sistema se desarrollará en dos fases: la actualización normativa a través del real decreto y la posterior publicación de las denominaciones comerciales de conservas y preparados en una resolución de la Secretaría General de Pesca.

La regulación establece también la base para publicar periódicamente listados de denominaciones comerciales autorizadas para productos frescos, congelados, salados, ahumados, conservas y preparados en todo el territorio estatal. Las denominaciones comerciales que puedan emitir las comunidades autónomas tendrán carácter complementario a las de ámbito nacional.

La norma entrará en vigor el 2 de enero de 2026.
Puedes descargar la norma aquí.

Algas con certificación de origen y frescura

En los diez primeros meses del año 2025, las cofradías gallegas comercializaron 390.231* kilos de algas, recogidas mayoritariamente a buceo, un arte selectivo y respetuoso con el medio marino que garantiza la sostenibilidad del recurso.
*Fuente: Plataforma Tecnolóxica de Galicia (pescadegalicia.gal)

La lonja de A Illa de Arousa lidera la comercialización de algas con cerca del 71% de las ventas totales, seguida por las lonjas de A Coruña, Corcubión, O Grove, Camelle, Aldán-Hío y Camariñas. A estas cifras hay que añadir las algas extraídas directamente por las empresas transformadoras, que en años anteriores representaron aproximadamente un tercio del volumen global registrado. La modalidad de extracción a buceo permite preservar los ecosistemas litorales y asegurar la continuidad de una actividad que, año tras año, gana mayor relevancia.

Las algas gallegas destacan no solo por su valor gastronómico y nutricional, sino también por su potencial económico, al reforzar el papel de la pesca artesanal en la diversificación y en el aprovechamiento responsable del mar. Actualmente, son siete las cofradías certificadas por la marca pescadeRías de onde se non?, a las que se suman dos empresas transformadoras: HQ Seaweed, que comercializa bajo la marca Capitán Alga y Porto Muiños, especializada en algas frescas, deshidratadas y en conserva.

Este conjunto de agentes garantiza una oferta de algas de origen certificado, frescas y de calidad contrastada, y contribuye a la consolidación de un sector emergente que sitúa a Galicia como referente internacional en la producción y comercialización de algas marinas.

Estrenamos el blog de pescadeRías de onde se non?

La marca de calidad de la pesca artesanal gallega da un paso más en su comunicación con la apertura de este nuevo espacio digital.

El blog de pescadeRías de onde se non? nace con el objetivo de acercar al público toda la actualidad en torno a los productos del mar certificados, las entidades adheridas y las iniciativas que ponen en valor la pesca artesanal. Aquí encontrarás información sobre especies de temporada, recetas elaboradas con pescado y marisco certificado, novedades normativas, eventos gastronómicos, entrevistas con profesionales del sector y contenidos divulgativos sobre sostenibilidad y trazabilidad.

El nuevo blog pretende ser también una ventana abierta al mundo marinero, dando visibilidad al trabajo de las cofradías, lonjas, pescaderías, restaurantes y empresas transformadoras que forman parte de la marca pescadeRías de onde se non?

Con este proyecto reforzamos nuestro compromiso de comunicar, educar y promover un consumo responsable de pescado y marisco fresco, de origen garantizado y capturado con artes selectivas y respetuosas con el medio marino.

Te damos la bienvenida a este nuevo espacio. ¡Esperamos que nos acompañes en esta travesía!